NEGROLES ABOGADOS
Abogados en Cartagena

Datos de Contacto

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Calle Cañizares, 60, local 5
30330 Cartagena (Murcia)


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REDES SOCIALES


HORARIO

Lunes a viernes de
9:30h. a 14h. y de 17h. a 20:30h.



Presentación


El gabinete NEGROLES ABOGADOS, con sede en Cartagena (Murcia), dirigido por D. Juan Manuel Negroles Paredes, cuenta con una experiencia de más de 10 años y un equipo de colaboradores, especializados en Reclamaciones de Cantidad, Gestión integral de recobro de Impagados, reclamación e indemnizaciones accidentes de Trafico, ley segunda oportunidad, y en general cuestiones relacionadas con las Áreas de Derecho Civil, Mercantil y Penal.

Muchas gracias por confiar en NEGROLES ABOGADOS, acude a nosotros cuando tengas dudas o problemas legales y saldrás ganando. BIENVENIDOS.

JUAN MANUEL NEGROLES PAREDES
Colegiado n.º 1596 del Ilustre Colegio de Abogados de Cartagena.
Licenciado en Derecho por la UOC.
Experto en Mediación Civil y Mercantil.
Abogado colaborador en Crédito y Caución.
Técnico en Valoraciones y Peritaciones Inmobiliarias.
Dispone de diversos cursos de especialización en ámbitos tecnológicos, protección de datos, Derecho hipotecario, mediación y arbitraje, ley segunda oportunidad, etc..

Principios de actuación
Cumplimiento y sometimiento a las normas deontológicas de la abogacía.
Secreto profesional y confidencialidad de nuestras gestiones.
Respeto a los deudores actuando con honradez y profesionalidad.
Estricto cumplimiento de la legalidad.
Respeto de las relaciones contractuales entre cliente y deudor.
Reintegro a los clientes de las cantidades cobradas a los deudores de forma rápida y transparente.
Posibilidad de fraccionar el pago de nuestros honorarios.
Seguro de responsabilidad civil.

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Servicios Legales


Como ABOGADO puedo encargarme de cualquier asunto legal, además le podré ASESORAR sobre cualquier problema que tenga, no olvide que ante cualquier duda legal es conveniente consultar con un ABOGADO, yo le prestaré mi atención y le orientaré para que pueda solventar las cuestiones de la mejor manera posible y con unas tarifas adecuadas a sus posibilidades.

Temas en los que puedo AYUDARLE:

DERECHO PENAL
Compliance Penal empresas.
Delitos leves y graves.
Lesiones en accidentes de tráfico.
Violencia de Genero.
Denuncias y querellas.
Defensa Penal.

DERECHO CIVIL
Ejecuciones y embargos.
Negligencias medicas.
Reclamaciones a compañías de seguros.
Defensa Consumidores y Usuarios.
Reclamación a Bancos y Financiera.
Gestión y recobro de deudas.
Procesos monitorios y reclamaciones de cantidad.
Reclamaciones Comunidad de Propietarios.

DERECHO MERCANTIL
Constitución de sociedades.
Concursos de acreedores.
Compras de créditos y subastas judiciales.
Reclamación administradores deudas empresas.
Protección de Datos.
Acuerdo extrajudicial de pagos.

DERECHO DE FAMILIA
Divorcios y Separaciones.
Reclamación pensiones alimenticias.
Liquidación de bienes Matrimonio.
Herencias y Testamentos.
Custodia compartida.

DERECHO ADMINISTRATIVO
Multas de trafico.
Recursos Contencioso Administrativo.
Tramitación organismos oficiales.
Recursos sanciones.

DERECHO REGISTRAL E HIPOTECARIO
Reclamación clausulas suelo.
Gastos hipotecarios y cláusulas abusivas.
Expedientes de dominio.
Inmatriculación de fincas.
Deslindes y servidumbres.
Tramitación compraventa de inmuebles.
Actas notariales.

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Recobro de Impagos


En Negroles Abogado no hace falta desembolsos iniciales, solo te cobraremos si hay éxito. Nuestros servicios legales cubren todo el TERRITORIO NACIONAL, solo tienes que darnos la documentación que acredite el crédito pendiente de cobro y nosotros nos encargaremos de todo lo demás.

· Gestión de impagados.
· Vía amistosa y judicial.
· Reclamación de deudas.
· Negociamos con tus deudores de una forma personal y directa.
· Nuestros clientes siempre salen satisfechos del servicio que prestamos.
· Te firmamos un compromiso de nuestros servicios y honorarios para tu tranquilidad.


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Mediación y Arbitraje


Titulado EXPERTO EN MEDIACIÓN CIVIL y MERCANTIL

CURSO SOBRE ARBITRAJE INTERNO E INTERNACIONAL realizado en el Colegio de Abogados de Cartagena.


En el supuesto de que las partes inmersas en un conflicto civil o mercantil y no quieran acudir a la vía judicial, puedes contactar conmigo con el objetivo de facilitar el acceso a modalidades alternativas de solución de conflictos y fomentar la resolución amistosa de litigios promoviendo el uso de la medición y asegurando una relación equilibrada entre la medición y el proceso judicial.

Los acuerdos que se adopten el proceso de medición en materia civil y mercantil tienen CARÁCTER VINCULANTE para las partes intervinientes. La figura del mediador es, de acuerdo con su conformación natural, la pieza esencial del modelo, puesto que es quien ayuda a encontrar una solución dialogada y voluntariamente querida por las partes.

La actividad de mediación se despliega en múltiples ámbitos profesionales y sociales, requiriendo habilidades que en muchos casos dependen de la propia naturaleza del conflicto.

El mediador ha de tener, pues, una formación general que le permita desempeñar esa tarea y sobre todo ofrecer garantía inequívoca a las partes por la responsabilidad civil en que pudiese incurrir.

La mediación está regulada en España a través de la Ley 5/2012, de 6 de julio, de mediación en asuntos civiles y mercantiles.


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Embargos y Ejecuciones


En Negroles Abogado estamos especializados en procesos de ejecución y embargos, podemos ayudarte en los siguientes asuntos:

· Ejecuciones civiles.
· Ejecuciones penales.
· Ejecuciones dinerarias.
· Embargos de sueldos y pensiones.
· Si tu no cobras, nosotros tampoco te cobramos.
· Tercerías de dominio y mejor derecho.
· Procedimientos de apremio.
· Administración Judicial.
· Liquidación de daños y perjuicios.
· Subastas judiciales y Seguridad Social.


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Segunda Oportunidad


La Ley de Segunda Oportunidad permite cancelar hasta el 100% de las deudas pendientes, siempre que se cumpla con los requisitos para acogerse.
Es necesario tener deudas (aunque estén al corriente de pago) con al menos dos acreedores diferentes: entidades financieras, proveedores, Hacienda, Seguridad Social...
Tras la reforma de 2022 de la Ley de Segunda Oportunidad se acortan los plazos (hasta un máximo de 18 meses), se simplifica el procedimiento y se abaratan los costes.
El incumplimiento de este límite temporal de 18 meses puede llevar penalizaciones a los intervinientes que causan el retraso (Administrador Concursal, principalmente).
Con la nueva Ley de Segunda Oportunidad es posible cancelar hasta un máximo de 10.000 € de deuda con Hacienda y otros 10.000 € de deuda con la Seguridad Social.
Ya no es necesario intentar un acuerdo extrajudicial con los acreedores para acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad, siendo posible acudir a fase judicial directamente.
El solicitante podrá escoger entre desprenderse de su patrimonio y cancelar todas sus deudas, o salvar su vivienda y asumir un plan de pagos para saldar la parte de las deudas que no se cancelen.
Con la Ley de Segunda Oportunidad se paralizan los embargos y procesos de reclamación de deudas, y una vez finalizado el proceso se consigue la salida de los ficheros de morosidad.
Hay que cumplir una serie de requisitos especificados en la ley para poder acogerse a la segunda oportunidad, esta se encuentra regulada en:
La Ley 25/2015, de 28 de julio, de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de la carga financiera y otras medidas de orden social, que entró en vigor el 30 de julio de 2015.
La Ley Concursal, modificada por la Ley 16/2022 , de 5 de septiembre, de reforma del texto refundido de la Ley Concursal, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo,
para la transposición de la Directiva (UE) 2019/1023 del Parlamento Europeo y del Consejo.


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