Abogados Segunda Oportunidad A Coruña
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Nosotros


En Losada López-Rúa Abogados contamos con un equipo de profesionales integrado por abogados, procuradores y asesores fiscales expertos en todas las áreas del Derecho, con el objetivo de ofrecer unos servicios de calidad. Estamos especializados en áreas como la Ley de 2ª oportunidad, Tarjetas Revolving, Venta de créditos y Nulidad Aval ICO-COVID, entre otros.

Despacho multidisciplinar fundado en A Coruña, con más de veinte años de experiencia, formado por un equipo de abogados, procuradores y asesores fiscales.

Somos profesionales especializados, en constante evolucion y formación, lo que nos permite ofrecer un asesoramiento jurídico integral, tanto a empresas como a particulares.

Nuestro objetivo es la excelencia técnica y la satisfacción del cliente.

El dinamismo y la agilidad son máximas de nuestro trabajo, que junto con nuestra capacidad de resolucion, nos convierte en un Despacho emprendedor y eficiente.

¿Cómo Trabajamos?

Apostamos por una metodología basada en el trabajo con el cliente, estudiando pormenorizadamente cada caso concreto para ofrecer una atención personalizada.
Nuestro compromiso es ofrecer la solución más optima a sus necesidades, manteniendo una comunicación directa y contante con el cliente.

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Venta de Créditos / Venta de Carteras


La cesión de créditos es un negocio jurídico que se ocasiona cuando el banco vende una deuda de la que es titular. Si nosotros somos clientes del banco y una de las deudas que vende es nuestra, ¿qué podemos hacer?

Pasamos a efectuar un breve análisis de la figura de venta de créditos.

1. La compra y venta de deudas
2. La venta de deuda en el Código Civil y Tribunales
3. Que puedo hacer si el banco vende mi deuda?
4. Cómo puedo saber si el Banco ha vendido mi deuda?
5. Cómo actúan estos fondos que compran deuda?
6. Judicialización de estos créditos


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Ley 2ª Oportunidad


La Ley de la Segunda Oportunidad es una ley que permite eliminar hasta el 100% de tus deudas pendientes de manera legal y efectiva. El Gobierno de España diseñó esta ley en el año 2015 con el objetivo de dar una nueva vida a las personas sobreendeudadas.

Dicha ley se conoce popularmente como la Ley de la Segunda Oportunidad, aunque aparece reflejada en el BOE como la Ley 25/2015.

Un mecanismo fiable, seguro y eficaz

La Ley de Segunda Oportunidad es una vía legal, segura, garantista y blindada contra intromisiones.

Es idónea para que pueda volver a empezar aquel que:

Está pasando por un momento económico crítico porque ha tenido poca fortuna (despidos, quiebra de la empresa, bajas prolongadas, divorcios…), tomó decisiones en su negocio erróneas o topo con factores imponderables (competencia feroz, medidas legales, promesas incumplidas, deslealtad, pandemias…).

Si está en una situación de sobreendeudamiento e insolvencia, en LLR ABOGADOS estamos habituados a asesorar a clientes que están en su situación.


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Tarjetas Revolving


Para reclamar judicialmente por una tarjeta Revolving, es necesario contar con un abogado y un procurador. Lo primero que hará el abogado, si no lo ha hecho el cliente ya, es formalizar una reclamación extrajudicial, con intención de que el afectado recupere lo que le pertenece sin tener que llegar a juicio. Cuando la reclamación extrajudicial es gestionada a través de un abogado, las entidades financieras suelen dar antes una respuesta, y en ocasiones ofrecen muy buenos acuerdos con el fin de no llegar a juicio, porque con una sentencia en contra, además de devolver al cliente lo que les corresponda, muy probablemente tengan que pagar las costas y les saldría más caro. En caso de no ofrecer ningún acuerdo, sólo con solicitarlo ya estás demostrando buena fe, agotando las vías extrajudiciales pertinentes para no llegar a juicio.

Si no hay acuerdo, se presenta una demanda, la cual tendrá que ser admitida a trámite por el juzgado. En estos casos el proceso se alarga porque dependerá de la carga de trabajo que tenga cada juzgado. Una vez admitida se señalará la fecha del juicio, que también tardará unas semanas. Una vez celebrado, la sentencia tarda poco en conocerse.

Existe una jurisprudencia muy clara y sólida en cuestión de Revolving. En LLR ABOGADOS diseñaremos la estrategia judicial a seguir con los instrumentos legales necesarios en cada caso: usura, falta de transparencia, vicio en el consentimiento…

Por un lado, está la transparencia que exige la nueva normativa de revolving por otro, la Ley de 23 de julio de 1908, de Represión de la Usura.

Será nulo todo contrato de préstamo en que se estipule un interés notablemente superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso. Que el contrato contenga cláusulas por la que se aprecie que el mismo ha sido aceptado por el prestatario a causa de su situación angustiosa, de su inexperiencia o de lo limitado de sus facultades mentales.

Será igualmente nulo el contrato en que se suponga recibida mayor cantidad que la verdaderamente entregada, cualesquiera que sean su entidad y circunstancias. Será también nula la renuncia del fuero propio, dentro de la población, hecha por el deudor en esta clase de contratos.¨

Esta ley tan antigua no especifica cual es un interés notablemente superior al normal del dinero. Para eso tenemos que acudir a la jurisprudencia existente.


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Nulidad Aval ICO-COVID


Avales ICO-COVID: cómo reclamar la nulidad del aval personal de socios y administradores

La línea de avales del Estado a través del Instituto de Crédito Oficial (ICO) fue uno de los instrumentos creados por el Gobierno para paliar los efectos económicos de la pandemia por coronavirus entre las empresas españolas. Bajo ciertos requisitos, los empresarios pudieron acceder a préstamos y pólizas de crédito a través de las entidades bancarias mediadoras, contando con un aval del 80 por ciento por parte del Estado.

En este escenario, muchas entidades concedieron estos créditos durante la etapa de confinamiento y cierre temporal de negocios con la condición de obtener el aval de ICO posteriormente, exigiendo a veces que los socios o administradores de la empresa se constituyeran cómo fiadores solidarios de la operación.
El resultado es que, en un contexto de aumento de los casos de impago de estos créditos y préstamos, las entidades financieras están exigiendo a estos fiadores el cien por cien del importe avalado, basándose en unas condiciones contractuales poco transparentes.

La buena noticia es que es posible solicitar la nulidad de la fianza personal, o bien su reducción en un 80 por ciento, dado que este es el porcentaje mínimo del préstamo que ICO se comprometió a avalar en estos casos.


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